La Comisión Europea, el pasado 6/04/2017, publicó la decisión en la que determinaba que los camiones de más de 6 Ton. habían sido afectados por un incremento de precios provocado por un acuerdo ilegal alcanzado entre los fabricantes (DAF; MERCEDES-BENZ; IVECO; MAN; VOLVO y RENAULT)*. Por ello han sido sancionados con un importe cercano a los 3.000 millones de €.
SCANIA ha sido recientemente sancionada con un importe de 881 millones de €, la sanción se enmarca en la decisión anteriormente referida.
Todas aquellas empresas o profesionales que hayan adquirido un camión o cabeza tractora NUEVO de peso superior a 6 toneladas, entre 17/01/1997 y 18/01/2011, de alguna de las marcas o fabricantes sancionados, pueden reclamar por el quebranto económico sufrido.
En cuanto a los vehículos de segunda mano se hará necesario estudiar cada supuesto particular.
En las resoluciones e informes publicados hasta la fecha no se ha determinado el sobreprecio ocasionado por el cártel investigado y sancionado, no obstante contamos con informes periciales contrastados que estiman el perjuicio entre el 15 y 20% del coste de adquisición del vehículo.
Para iniciar la reclamación se precisa:
- Factura de Compra.*
- Contratos de Leasing, en su caso.*
- Factura de Venta / Documento acreditativo de la transmisión, únicamente si se ha transmitido el vehículo afectado.*
- Permiso de circulación.
- Ficha técnica.
- Autorización/ Tarjeta de transporte.
*SOLO LOS TRES PRIMEROS SE CONSIDERAN IMPRESCINDIBLES.
La reclamación extrajudicial debería efectuarse con antelación al 19 de Julio de 2017, toda vez que el plazo de prescripción de la reclamación está sujeto a diversas interpretaciones que pueden generar escenarios de inseguridad jurídica.
Si desea más información puede ponerse en contacto con:
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